
AYER SE REALIZÓ LA PRIMERA Y ÚNICA SESIÓN EXTRAORDINARIA EN ENERO DEL CONCEJO DELIBERANTE CAPITALINO
03.01.2013 12:00 CORREINTES
Se aprobó la derogación de la ordenanza N°1079 referida al funcionamiento de las playas y se modificó de forma excepcional del artículo 1 de la ordenanza Nº 3037 que impide realizar fiestas paganas en tiempos de cuaresma, en este año la excepción se circunscribe a los días 15, 16, 17,18 de Febrero donde se realizará la fiesta carnestolenda.
Esta tarde se realizó la primera y única sesión extraordinaria convocada por el Ejecutivo Comunal. La misma estuvo presidida por la Lic. Miriam Coronel, contó con la presencia de 14 ediles y ausencia de los concejales Claudio Polích, José Ramírez Alegre y Gabriel Romero.
Se trataron dos temas trascendentales, la derogación de la Ordenanza Nº 1079 y la modificación de forma excepcional del articulo 1 de la ordenanza Nº 3037, la primera giró en torno al funcionamiento de las playas y la segunda la modificación de las fechas de carnavales 2013.
En primer lugar se trató la derogación de la ordenanza de funcionamiento de las playas.
La iniciativa del DEM se debió a las nuevas modificaciones y ampliaciones que se hicieron en los sectores de las playas, para la inclusión social y la unidad familiar. Sin barreras visuales y obstáculos arquitectónicos que priven la vista del rió Paraná. Esto aumentará de forma considerable la concurrencia de las personas a las playas, que como es de público conociendo son abiertas y accesibles. Esta normativa fue aprobada por la mayoría de los ediles salvo la abstención del concejal Lautaro Saez, por considerar que se debían realizar más estudios técnicos y ambiéntales.
Es preciso recordar que la municipalidad de Corrientes unificó la playa Islas Malvinas con la Arazaty II.
En segundo lugar se trató la modificación excepcional del artículo primero de la Ordenanza Nº 3037/97 incorporado por la Ordenanza Nº 3831/2003", que impide realizar fiestas paganas en tiempos de Cuaresma.
La fiesta del Carnaval, es considerada entre las manifestaciones artísticas, culturales, recreativas que concitan una importante atracción turística y trascienden los límites de la provincia.
El Departamento Ejecutivo al declararla de interés municipal, conforme da cuenta la Resolución 1479 del 13 de junio de 2.007, le da suma importancia a este evento. El principal motivo para la modificación fue la superposición con la Fiesta Provincial del Chamamé organizada por el gobierno de la provincia, por este motivo el poder ejecutivo municipal pidió una excepción en los días habilitados para la realización del evento carnestolenda.
El Concejo decidió exceptuar por única vez la aplicación del artículo primero de la Ordenanza Nº 3037/97 para la realización de los carnavales. La excepción se circunscribe a los días 15, 16, 17,18 de Febrero del corriente año. Esta modificación se logró por la aprobación unánime de los concejales.
Contacto
CORRIENTES REPÚBLICA ARGENTINA
Dpto. Publicidad y Organización de Eventos correo:aguapeyexpressnoticias@hotmail.com 0054 379 4756530
Redacción:aguapeyexpressnoticias@hotmail.com