LA DENUNCIA DEL PERIODISTA GONZALEZ DEL CASTILLO Y LA CASONA DE LA PROFESORA PÉNDOLA GALLINO, EX RESIDENCIA DEL GOBERNADOR ANTONIO GALLINO.

21.06.2013          08:00      CORRIENTES

El periodista Guillermo González del Castillo se constituyó en denunciante contra el ex fiscal de Estado Fernando Carbajal por el presunto delito de asociación ilícita, al ser sospechoso de integrar una  organización criminal encargada de apropiarse de tierras fiscales e inmuebles del Estado. 
 
La denuncia se basa en la suposición de que las herencias vacantes no pasan a formar parte del patrimonio del Estado sino que, primero desaparecen merced a varias estratagemas de apariencia legal y luego aparecen en manos de personajes que están o estuvieron en el ejercicio de la función pública lo cual, de poder ser constatado, serían hechos esencialmente criminales que se habrían producido en base a engaños, argucias y tretas de la más variada gama para permitir la adquisición gratuita y por ende fraudulenta de bienes en desmedro del patrimonio del Estado, ya que si hubiesen sido objeto de procedimientos legales deberían integrar el activo público. 
 
El denunciante González del Castillo agrega que "semejante modalidad delictiva no podría cobrar operatividad  y eficacia sin la complicidad, por acción u omisión, manifiesta o embozada, a través de  la colaboración activa o el silencio cómplice de distintas oficinas gubernamentales, llámese Rentas, Catastro, Fiscalía de Estado, ICAA, DPV, etc., que, por otra parte, por la misma naturaleza de esos organismos, son fuentes de invalorable información. Amén del dato, nada aleatorio, de que ningún plexo jurídico impide que un magistrado cualquiera a cargo de un caso sucesorio pueda requerir o avenirse a la intervención de la Fiscalía de Estado o de la Procuración del Tesoro cuando considera que existe la posibilidad de herencias presuntamente vacantes." [...] "Se ve que [el Fiscal de Estado] Carbajal habría confundido su propia entidad individual con una categoría histórica como, desde los tiempos modernos, constituye el Estado en tanto vector político-institucional de una sociedad organizada. Entonces, nos permitimos colegir, como habría supuesto que el Estado era él, no  encontró  mejor expediente que adueñarse de lo que no le correspondía. Una confusión que terminamos pagando todos los ciudadanos con el dinero que se distrae de la sangre, el sudor y las lágrimas de millares de correntinos."
Respecto de las circunstancias de la muerte de Olú Péndola, el denunciante agrega que accedió a "testimonios confidenciales que dan cuenta de que, por la posición en la que se hallaba el cuerpo de la difunta al momento de constatarse el deceso, su distancia con el bastón y otros detalles que deberían ser objeto de un escrutinio más exhaustivo por parte de peritos y especialistas, habría elementos que darían pábulo a la sospecha de que la querida profesora de música murió de manera traumática, víctima de un homicidio" [...] "Por ahora nada permite certificar esa hipótesis. Pero por el momento, y en atención al cúmulo de datos entre oscuros y tremebundos que tiñen el caso,  nada invita a descartarlo."
 
La denuncia de González del Castillo fue radicada en la competencia de la Fiscalía de Instrucción Nº 1
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DETRÁS DE LA NOTICIA i
 
 
¿Qué encierra la casona de los Gallino?

Jueves 27 de Diciembre de 2012

https://www.diario1588.com/index.php/actualidad/7288-ique-encierra-la-casona-de-los-gallino

La histórica casona de la calle Buenos Aires al 600, donde actualmente funciona un matutino local (Norte de Corrientes), encerraría el extraño fallecimiento de una ilustre profesora de música. Olga Péndola Gallino, era la propietaria. Murió dentro del olvido y sin que pocos y nadie lo sepan. Cuando algunos conocidos se acercaban a su domicilio a preguntar por ella, una empleada salía a la puerta a decir que la ex docente no estaba en condiciones de atender a nadie. Ejerció por años el profesorado en el Colegio Nacional General San Martín. No tenía herederos, solo una criada que después se quedaría con el añejo y valiosísimo predio ubicado en una de las zonas más antiguas de la ciudad. A esa mujer le sugirieron plantear un juicio de prescripción.

La provincia no reclamó la posesión del inmueble como hubiera correspondido, más aún, cuando fue habitado por un ex gobernador. Tampoco existió un proyecto para declararlo patrimonio cultural. Por ese entonces la Fiscalía de Estado estaba en manos de Fernando Carbajal, paradójicamente quien tiempo después, sería el comprador de la finca. Hoy se encuentra alquilada al grupo Romero Feris para su emprendimiento periodístico. Como dato a recordar: Carbajal integró uno de los tribunales que condenó a Raúl Rolando Romero Feris. Para los negocios no hay amigos ni enemigos. Solo números, dinero y conveniencia. ¿Hay cierta similitud con la muerte de Alejandro Solari Ballesteros?, aquel millonario legislador autonomista sin herederos directos, dueño de importantes propiedades en Corrientes, quien falleció sin que “nadie avise”. El deceso Solari Ballesteros terminaría en una disputa legal con atentado incluido (intentaron asesinar a Nicolás Garay). El juicio de prescripción por la casa de Péndola Gallino no tuvo demasiados inconvenientes. No demoró lo que se acostumbra en los estrados judiciales. Por ese entonces gobernaba la provincia Arturo Colombi. En el ministerio público hay dudas. Todavía nadie se animó a una investigación más profunda. En algún momento, mientras se decía que Péndola Gallino estaba muy enferma, se erigió un “turbio” local en lo que se conocía como la entrada de carruajes, el que de un día para el otro desapareció. Las averiguaciones recién comienzan.  

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DETRÁS DE LA NOTICIA II

El Litoral - 16-06-2013 -

Okupas de guante blanco
La apropiación ilegal de casas y campos despoja al Estado de su patrimonio.
 
Hay una casa en la calle Buenos Aires entre las de Pellegrini y 25 de Mayo, frente a la Iglesia de La Merced, que quedó en manos de algunos cesionarios de supuestos derechos hereditarios. La casa es un espléndido edificio de dos plantas que fue habitado por la señorita “Olú” Péndola Gallino, una muy conocida profesora de música, retirada de la actividad social desde hacía varios años, respecto de la cual se sabe que vivía en la casa como heredera de un antiguo propietario y que falleció sin tener descendencia.
“Herencias vacantes” son aquellas en las que no hay herederos o por las cuales nadie reclama en los plazos y condiciones que establece la ley. En estos casos, cuando no hay acreedores a la herencia de un difunto, el Código Civil argentino establece que dichos bienes pertenecen al Fisco, provincial o nacional según corresponda (Art. 3.588) y que el juez debe entregarlos al Estado bajo inventario y tasación judicial (Art. 3.589). También establece el procedimiento previo para que el juez declare vacante la herencia y traspase los bienes al patrimonio del Estado (Art. 3.544).
En varios distritos se agilizaron los procesos burocráticos para trámites de denuncia y resolución judicial de las herencias vacantes, con resultados alentadores en el incremento de ingresos fiscales. Un caso que tuvo difusión en los medios fue el de un ciudadano porteño que falleció sin herederos y dio lugar a una demanda de la Ciudad de Buenos Aires para repatriar un depósito de 600.000 dólares que estaba en un Banco de Nueva York, en los Estados Unidos.
Sin embargo, en Corrientes las herencias sin acreedores son invisibles. Al menos no se sabe que haya subastas públicas de bienes de esa procedencia lo cual permite suponer que todos los difuntos tienen herederos o que a los bienes vacantes se los queda el Estado o que las herencias vacantes no pasan a formar parte del patrimonio del Estado sino que “desaparecen” merced a argucias o maniobras seudo legales; lo que no sería sino una manera defraudadora de adquirir gratis en desmedro del patrimonio del Estado y, en dicha suposición puede postularse que tal manera de adquirir no podría funcionar sin la complicidad de gobernantes y sin la vista gorda de jueces; porque en las oficinas gubernamentales de Rentas; Catastro (provincial y municipales); Fiscalía de Estado; Instituto del Agua; Vialidad; etc. Existe abundante información patrimonial y, en el andarivel judicial, porque nada impide que el juez de un sucesorio pueda requerir la intervención que corresponda de la Fiscalía de Estado o de la Procuración del Tesoro, cuando considere que existe la posibilidad de herencias presuntivamente vacantes.
Respecto de la casona de calle Buenos Aires, su última moradora Olú Péndola, a causa de la vejez padeció una notoria declinación de sus facultades físicas y tal vez mentales, rayana en la incapacidad. Hoy funciona allí un conocido Diario local en virtud de un arrendamiento. Lo llamativo del caso es que uno de los cesionarios de supuestos derechos sobre la casona de marras sería el ex fiscal de Estado, Fernando Carbajal y, como todos saben, una de las funciones del Fiscal de Estado es ejercer la defensa de los intereses y derechos de la Provincia ante los tribunales de justicia, siendo parte legítima en todos los procesos donde se controvierten intereses o bienes del Estado Provincial. Vale decir que el Fiscal de Estado es el apoderado natural de los intereses del Estado y como tal es parte legítima en un juicio sucesorio a partir de una eventual reputación de vacancia y, en ese caso, tendría facultades amplias en el manejo de juicios, por ejemplo, para ejercer la acción u omisión de medidas destinadas a que las herencias vacantes pasen a engrosar el patrimonio del Estado, cuando hubiese correspondido. Desde luego que estas circunstancias llamativas son puras casualidades.
Otra vía de apoderamiento de terrenos y campos, en desmedro del erario y de otros ciudadanos de a pié, es la prescripción adquisitiva fundada en la supuesta posesión por veinte años (Código Civil, Art. 4015), para lo cual también las oficinas gubernamentales son fuente inagotable de información para las mafias que se apropian de casas y campos.

 

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