PRIMERAS ACCIONES DEL GOBIERNO DE SANTOS OMAR HERRERO

01.12.2013              08.00         SALADAS

 

Si bien el Intendente Municipal electo de la ciudad de Saladas, Santos Omar Herrero, no emitió declaraciones, sobre sus primeras medidas de gobierno, es fácil deducirlas extraoficialmente, con mucha certeza, leyendo la Carta Orgánica Municipal de Saladas (COM).

Por lo tanto si nos remitimos a lo normado por la Carta Orgánica Municipal de Saladas, se desprende, que las primeras medidas de gobierno serían: el nombramiento de los 5 Secretarios que cubrirán las áreas establecidas por  la COM. Cuasi simultáneamente, en uso de sus facultades y atribuciones exclusivas, debe presentar en forma de proyecto de Ordenanza al HCD, la estructura orgánica (organigrama) del Departamento Ejecutivo Municipal, que establecerán las Direcciones y otros estamentos del Departamento Ejecutivo.

El “derecho adquirido” de la actual Estructura Orgánica de Daniel Alterats, como toda otra norma relacionada al organigrama actual, fenecen el próximo 10 de diciembre.

El artículo 157° de la Carta Orgánica Municipal de Saladas, en su ultimo párrafo impone: “…Los proyectos de ordenanza relacionados con el Organigrama del DEM, el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, la concertación de empréstitos, la creación de Entidades Autárquicas y el Manual de Misiones y Funciones serán originalmente de iniciativa  exclusiva del DEM”.

La COM, en su artículo 202°, dicta “Son además auxiliares del DEM: Los Directores de áreas municipales y los Jefes de sección. Por ordenanza del HCD y a propuesta del DEM  se reglamentará acerca del número de direcciones, su denominación, funciones y a cargo de que Secretarías estarán cada una de las Direcciones y Jefaturas de sección, necesitándose el voto favorable de más de la mitad de los miembros del Cuerpo legislativo”. (6).

Ergo: La gestión de Omar Herrero, debe preparar un nuevo Organigrama, con las Secretarías y la Dirección Municipal de Rentas, contempladas en la carta Orgánica Municipal (COM), mas las Direcciones  y áreas menores, que ya son de exclusiva competencia del Departamento Ejecutivo Municipal establecerlas, al ser únicamente, quien debe presentarlas a través de un proyecto de Ordenanza al HCD. En tanto el HCD, dentro de sus atribuciones, deberes y facultades, debe sancionarlas (afirmativa o negativamente)./MiSaladas.

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