RE-RE MUNICIPAL: PETECO VISCHI Y EL FACTOTUM PRAETERITUM

 

04.01.2013            12:00           CORRIENTES

 

Eduardo "Peteco" Vischi juró por primera vez como Intendente de Paso de los Libres en el 2005 y sabía que solo podía ser reelecto -eventualmente y con el favor popular- una sola vez más. Eso es un hecho objetivo, indiscutible, más allá de cuáles hayan sido sus aspiraciones iniciales. Esa Constitución Correntina que Peteco juró cumplir fielmente es igual a la Constitución reformada en el 2007 en lo que a requete elección de intendentes y vices se refiere. Nada cambió en ese aspecto.
La reforma constitucional del 2007 mantuvo el principio de una sola reelección de los intendentes, que venía establecida desde 1991; tema en el que Corrientes se adelantó a la reforma de la Constitución Nacional de 1994. Tampoco hubo disposición transitoria habilitante que aclarase que los mandatos vigentes podían ser entendidos como primer mandato, lo que habría dado algún asidero a la intentona correlí.
Es decir, el marco normativo constitucional es el mismo desde entonces hasta hoy; no ha habido cambio que le de sustento fáctico a las pretensiones re re de algunos intendentes radicales, quienes pretenden ponerse a resguardo de un resultado electoral que avizoran complicado o adverso en lo provincial.
La Convención Constituyente Provincial del 2007 estuvo dominada por el intento reeleccionista de Colombi II -porque hasta entonces nuestros gobernadores no podían reelegirse- lo cual estaba en consonancia con el esquema de alternancia pergeñado por el Pacto Autonomista-Liberal. Arturo logró la autorización constitucional para intentar la reelección que el pueblo no le dio. 
Las contradictorias declaraciones de nuestro actual gobernador, Colombi I, anticipan la intención de forzar el texto constitucional para hacerle decir lo que claramente no dice.

Ahí entra a jugar el “factotum praeteritum”, una de cuyas posibles traducciones es “hecho del pasado”. Ergo, si Peteco asumió en el 2005 y la Constitución Provincial se reformó en el 2007, entonces su primer mandato no puede ser computado como primer mandato!. En abono de tal tesitura postulan que las leyes solo rigen para el futuro y no pueden alcanzar a los hechos pasados. Por tanto, pretenden que el primer mandato no existió, pero esos cuatro año resulta que Peteco gobernó la intendencia y tomó decisiones administrativas y ejecutó actos de todo tipo. La inexistencia de su primer mandato choca de lleno con la realidad de las cosas. La verdad real es uno de los nortes que definen el accionar judicial. Si Peteco no se da por aludido, junto a los cultores de la desmemoria, habrá que recordarles que efectivamente estuvo a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal en Paso de los Libres desde el 2005.
El derecho usa construcciones para intentar atrapar y/o definir situaciones con alcance general, pero resulta que algunos vivillos usan frecuentemente artilugios para cambiar el sentido normativo para diluir la realidad e inclinar la balanza para el lado que le reporte mayor provecho, sin reparar en lo que realmente la norma dispone. Por caso, hay nutrida y frondosa jurisprudencia y doctrina para dar sustento a los golpes de estado y visos de legalidad a sus actuaciones, claramente inconstitucionales. Lo mismo puede decirse de muchos actos de la intervención federal que fueron más allá de todo límite y endeudaron a la Provincia, o entregaron patrimonio provincial al mejor postor, pero fueron convalidados por esos mismos ujieres y amanuenses siempre prestos a fundar lo absurdo, vaya uno a saber a cambio de qué retribución por tan tristes servicios.

Por otra parte, frente al derecho ciudadano de elegir y ser elegido –que cuenta con amplías garantías dentro del orden constitucional e internacional- no hay un derecho a la reelección de los gobernantes, y todo lo concerniente a la organización del poder siempre se interpreta de modo restrictivo. Es decir, si no está claramente establecida la facultad, no se fuerza la interpretación judicial a favor del gobernante. No existe el indubio pro intendentes; no hay posible re re elección en la faz municipal.
Después del bochornoso caso Angeloz, que logró la autorización judicial complaciente como la que hoy impulsan desde el radicalismo gobernante, se fueron tomando recaudos legales, como el de las cláusulas transitorias que complementan la Constitución Nacional, por la cual los constituyentes del 94 expresamente aclararon que el primer mandato de Menem lo era a todo efecto legal; y también se fue creando jurisprudencia reactiva, incluso de la propia Corte Suprema de Justicia.
Pero no creo que este sea un tema solo jurídico o leguleyo; creo que es un tema nítidamente político. Frente a tendencias electorales que preanuncian el fin del colombismo, los popes territoriales del radicalismo quieren resguardarse, refugiándose en sus intendencias para tratar de seguir a flote cuando el barco se hunda. 

Las picardías políticas de Colombi para tratar de asegurar votos a sus afanes reeleccionistas son múltiples. Por ejemplo, pese a los altísimos números de pobreza e indigencia que tiene Corrientes, sin embargo aumentó el número de legisladores con la excusa formal del aumento poblacional (parece que los socios del Encuentro de Conservadores y Oportunistas tampoco están seguros y buscan asegurarse lugares legislativos menos expectables pero más seguros). O quiere desdoblar las elecciones legislativas provinciales de las de gobernador. Todo ello aumenta el gasto electoral, pero no para mejorar la calidad institucional, sino para pagar lealtades cada vez más escuetas.
Pero la promoción de la re re municipal deja el terreno de las bribonadas e ingresa directamente en el del fraude constitucional y es una nueva incoherencia de los correligionarios, que se oponen a la re re presidencial pero apuestan a la de sus propios alfiles. 
Es hora de decir basta a esa visión sesgada y cortoplacista del todo vale. Sin reforma constitucional, no hay re re para nadie.

ARACELI FERREYRA

(Diputada Nacional-FpV)

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